El Estado de derecho y la importancia de que se cumpla en todas las instancias.

(Foto: Luis Soto - CP)
El concepto de Estado de derecho no incluye únicamente a las instituciones más conocidas (Organismo Judicial, Ministerio Público, etc.), sino que además abarca a otras instituciones encargadas de que la ley se cumpla. De esas otras instituciones la más importante es la autoridad tributaria, la cual hace que se hagan efectivas las leyes y obligaciones fiscales de los ciudadanos. Si no se cumple el marco legal tributario, los Estados pierden un poder esencial: el de financiar la producción de bienes y servicios públicos que demandan los ciudadanos y que son obligaciones incluso de rango constitucional. Por eso es que los Estados modernos no escatiman esfuerzos por garantizar que la autoridad tributaria se mantenga como uno de los pilares del funcionamiento del Estado.
Sin embargo, en Guatemala hablar de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) –la autoridad tributaria en nuestro país– ahuyenta a algunos expertos en el Estado de derecho porque consideran que ese es un tema “económico”, poco vinculado con la lucha contra la impunidad. Nada más miope ni más errado. En nuestro país, si en algún espacio se ha visto reflejada y se continúa reflejando la impunidad (la violación flagrante y sostenida de la ley) es en la gestión tributaria y aduanal. Y los conflictos de intereses que son fáciles de identificar en lugares como los tribunales, las cortes y la fiscalía, son igualmente reconocibles en la autoridad tributaria, pues las mismas mafias se enquistan en la administración pública para lograr el mismo cometido: asegurar que la ley se aplica a todos, menos a los privilegiados miembros de esas redes de corrupción.
El anuncio de la necesidad de una reforma profunda a la SAT, justo en el contexto político en que se pretende fortalecer el Estado de derecho y combatir la impunidad, no puede ser más oportuno. Pero esa reforma puede convertirse en gatopardismo barato si no se alcanzan algunos objetivos básicos. En primer lugar, es necesario eliminar el enquistamiento institucional de los grupos de interés privado en la conducción de la autoridad tributaria. El Directorio de la SAT –al igual que su homólogo, el Consejo del Ministerio Público– fue creado para condicionar la independencia de la autoridad tributaria frente a los intereses privados. Lo que corresponde hacer es eliminar el Directorio, de la misma forma que se busca eliminar el Consejo del Ministerio Público.
En segundo lugar, la autoridad tributaria debe ser considerada tribunal de última instancia en materia tributaria (tal y como lo es en Panamá), de manera que se cumpla la frase conocida por los ciudadanos norteamericanos: “Solo hay dos cosas fatales en la vida: la muerte y el pago de impuestos”. Los sistemas paralelos de apelación ante la autoridad tributaria han sido creados para asegurar la impunidad y la ilegalidad del siglo 20, algo que la Guatemala del siglo 21 no puede seguir aceptando. Y cualquier apelación frente a las decisiones de la autoridad tributaria debe hacerse sobre la base del principio estadounidense de que primero se pagan los impuestos, y luego se apela el cobro.
Y por último, las reformas deben garantizar que la autoridad tributaria rinde cuentas únicamente ante la Corte de Constitucionalidad, de tal manera que sus operaciones están sujetas al control jurídico y político de la ley, pero no al control temporal político de los gobernantes de turno, sea el presidente o el ministro de Finanzas.
Cobrar impuestos de manera independiente, es tan importante como proteger la autonomía del Ministerio Público en sus tareas de persecución penal. Por eso reformar el funcionamiento de la SAT no es solo un tema de cooperación para los bancos de desarrollo, sino sobre todo una tarea esencial de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) y Estados Unidos en el marco de la lucha contra la impunidad. El Estado tutelado y los ciudadanos también podemos coincidir en este objetivo.