Por sus sentencias, se conoce a los jueces.
Me decía un profesor que sin buenos académicos no hay buenos jueces. Esto no significa que los jueces deban de ser necesariamente académicos, sino que el trabajo de la academia y de la sociedad en general es cuestionar, criticar y analizar la labor judicial. En ningún campo es esto más importante que en el constitucional.
Tomando en cuenta que ya pronto termina el año y que el período de los actuales magistrados de la Corte de Constitucionalidad concluye en pocos meses, acompaño un listado de las 10 sentencias que a mi criterio definirán a esta Corte.
1. Prohibición de discriminación a comunistas (1732-2014). Una menos conocida, pero particularmente inspirada sentencia que pone fin a la norma que prohibía ser diplomáticos a los comunistas. Defiende el pluralismo político y la libertad.
2. Candidatura presidencial de Sandra Torres (2906-2011). Una sentencia sumamente compleja para un tema que debió de ser sencillo.
3. Pueblos indígenas (266-2012 y muchos otros). Son numerosas las sentencias en la materia, acá solo uno de los muchos ejemplos. Los avances son mínimos y ninguna resuelve definitivamente las graves omisiones y falta de implementación de instrumentos internacionales. La conclusión en la sentencia 266-2012 genera más preguntas que respuestas.
4. Constitucionalidad de la Ley contra el Femicidio (3009-2011). La Corte avala la adopción de normativa especial para la protec- ción de las mujeres contra la violencia.
5. Suspensión del antejuicio a Otto Pérez Molina (2647/2354- 2015). Se suspende provisionalmente el trámite de antejuicio contra el expresidente derivado de sujetos sin legitimidad para interponer el amparo. El caso acelera la creciente división entre magistrados, algunos incluso la tildan de política.
6. Salario mínimo diferenciado (2-2015). Se declaran inconstitucionales los acuerdos que permitían salarios mínimos distintos en cuatro municipios. Establece la Corte que “el derecho a un mínimo vital sintetiza la preocupación de integrar a todas las personas en una sociedad más humana”. Es de los pocos casos en donde la postura de la Corte en temas sociales generales tiene efectos sustanciales.
7. Remoción y período del fiscal general (1630-2010 y 461- 2014). La Corte primero anula el proceso que llevó a la elección de Conrado Reyes como fiscal general y, varios años después, resuelve la controversia sobre la finalización del período de Claudia Paz y Paz. Soluciona un asunto concreto de grandes implicaciones políticas, pero no resuelve temas a largo plazo. La confusión sobre el período de Paz y Paz surge precisamente de la falta de previsión en la primera sentencia.
8. Nombramiento de magistrados (4639-2014). La Corte avaló la designación de los magistra- dos que ocupan las altas esferas del sistema de justicia. El caso provocó la renuncia de Claudia Escobar. El actual desempeño del organismo judicial es, en parte, consecuencia de esta sentencia.
9. Inconstitucionalidad del delito de tortura (1822-2011). A mi criterio la sentencia más relevante en materia constitucional. La Corte resuelve de forma clara que los tratados de derechos humanos están al mismo nivel que la Constitución y que las omisiones del Congreso son inconstitucionales.
9. Juicio a Ríos Montt (1904-2013). Sin duda la sentencia que marcará este período. Independiente de la postura que se tenga sobre el conflicto armado, es difícil ver la resolución como un triunfo del debido proceso. Sobre todo cuando uno de los abogados aparece en un documental explicando que su objetivo era entrampar el proceso.